Ayudas, subvenciones y bonificaciones 2021

Impuesto sobre bienes inmuebles, tasa de recogida de basuras e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

Impuesto sobre bienes inmuebles 

  • Del 40%, 60% o 80% para familias numerosas según ingresos y en caso de que el inmueble sea la residencia habitual.
  • Subvención de hasta el 80% del IBI para familias monoparentales, personas viudas y personas con discapacidad en función de la renta y del número de miembros de la unidad familiar.
  • 95% para cooperativas agrarias.
  • 50% en viviendas de protección oficial durante los 5 primeros años.
  • 50% para los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.
  • 95% en la cuota de este impuesto para las personas físicas propietarias de una vivienda del mercado libre y desocupada que la pongan a disposición o la cedan a la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social.
  • Hasta el 20% en viviendas con instalación de sistemas de aprovechamiento térmico.

Tasa de recogida de basuras

  • 20% para los ciudadanos que realizan compostaje casero.
  • 50% para los caseríos situados en suelo no urbanizable, formen parte de una explotación agrícola dedicada a la agricultura tradicional, sean la vivienda habitual de sus propietarios y acrediten que realizan compostaje casero.
  • 100% para casos de pobreza y para las personas mayores con una situación socioeconómica desfavorecida.
  • 5% para las empresas industriales que dispongan de certificación de gestión ambiental o distintivo de garantía de calidad ambiental.
  • 2% para establecimientos adheridos al servicio municipal de separación de residuos.
  • 80% o 100% para actividades comerciales o industriales que acrediten la gestión privada de los residuos.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

  • 95% para instalaciones y obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
  • 90% para construcciones, instalaciones y obras declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo. La bonificación será del 50% cuando la rehabilitación sea parcial.
  • 50% para las obras de construcción de viviendas de protección oficial.
  • Del 70% hasta el 100% del importe del impuesto por la rehabilitación de fachadas, con un importe máximo de 2.500€.
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